Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, ciudadanos ORLANDO NICOLA BIANCALE VUJNOVICH, ANTONIETTA GIUSSEPPINA BIANCALE VUJNOVICH, SILVANA GIULIETTA BIANCALE VUJNOVICH, LORENZO BIANCALE VUJNOVICH y OLIVIA EVELYN BIANCALE VUJNOVICH; SEGUNDO: SE REVOCA la decisión dictada en fecha 6 de agosto de 2015 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; TERCERO: INADMISIBLE la segunda reforma del libelo de
demanda presentada por la demandante NILDA DEL CARMEN VALERA GÓMEZ, mediante escrito de fecha 27 de julio de 2015.