PRIMERO: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación ejercido por la parte demandada en contra de la sentencia dictada el 24 de septiembre de 2002 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión apelada, en los términos contenidos en el presente fallo y, en consecuencia se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Resolución de Contrato de Arrendamiento intentada por el ciudadano Cesare Buldo Pinto contra Frigoríficos Canarias, S.R.L., en consecuencia se declara: 1) Resuelto el contrato de arrendamiento suscrito por las partes, el cual tenía por objeto un (01) local comercial dotado de un área de construcción de doscientos cuarenta y un metros cuadrados con cincuenta centímetros (241,50 mts2) aproximadamente, ubicado en la Calle 94 (calle Cantaura), signado con el Nº 103-49 de la Parroquia Candelaria, Municipio Valencia del Estado Carabobo, debiendo la arrendataria entre.....