PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora contra la decisión dictada el 27 de octubre de 2006, por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, la cual queda, en estos términos, modificada.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por OBLIGACION ALIMENTARIA intentada por la ciudadana MARISOL RAMOS contra el ciudadano ANTONIO SARKIS MAKSISSI.
TERCERO: SE CONDENA al demandado a cancelar la suma de Bs.1.736.000,00 más los intereses moratorios a la tasa del 1% mensual o lo que es lo mismo, el 12% anual, tal como lo establece la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, los cuales ascienden a la suma de Bs. 260.400,00.