PRIMERO: SE REVOCA el auto de fecha 07 de mayo de 2009 dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo; SEGUNDO: SE ORDENA al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo le otorgue el trámite procesal que previene el artículo 71 del Código de Procedimiento Civil a la solicitud de regulación de competencia formulada por los ciudadanos ROSA ELENA MARTINEZ DE SILVA Y SIMON ADOLFO ANDRADE PACIFICI, en su carácter de apoderados de MERCANTIL, C.A. Banco Universal; TERCERO: CON LUGAR el recurso de hecho; CUARTO: SE ORDENA al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo escuchar el recurso procesal de apelación interpuesto por SIMON ADOLFO ANDRADE PACIFICI, en su carácter de apoderado de MERCANTIL, C.A. Banco Universal.