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Decisiones del dia 09/01/2007

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 11773 N° Sentencia : Fecha: 09/01/2007
Procedimiento:
Acción De Amparo Constitucional Contra Sentencia
Partes:
ALFREDO JOSE CUMARE VASQUEZ EN CONTRA DE LAS DECISIONES DICTADAS EL 04 DE JULIO Y 03 DE OCTUBRE DE 2006 POR EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON SEDE EN LA CIUDAD DE PUERTO CABELLO
Resumen:
PRIMERO: CON LUGAR la acción de Amparo Constitucional intentada por el ciudadano ALFREDO JOSE CUMARE VASQUEZ, en contra de las decisiones dictadas el 04 de julio y 03 de octubre de 2006 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en la ciudad de Puerto Cabello; SEGUNDO: NULOS los actos procesales subsiguientes a la sentencia de fecha 04 de julio de 2006, que resolvió las restantes cuestiones previas opuestas por la parte demandada; TERCERO: LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado en que la parte demandada sea notificada de dicha decisión a los fines de que pueda ejercer los recursos que la ley le confiere o, si lo prefiere, proceda a contestar la demanda. No hay condenatoria en Costas, de conformidad con lo previsto en el artículo 33 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Juez/Ponente:
Roraima Rita Bermudez Gonzalez
Organo:
Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito
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N° Expediente : 9872 N° Sentencia : Fecha: 09/01/2007
Procedimiento:
Hecho Ilicito
Partes:
FREDDY HERNAN BENCOMO ARCHILA VS. GRUPO SAN MIGUEL, C.A
Resumen:
En el caso bajo análisis, para la fecha en que fue presentada la demanda, es decir, el 24 de abril de 2001, se encontraba vigente la cuantía establecida por el Decreto N° 1.029 de fecha 22 de enero de 1996 emanado del Ejecutivo Nacional, según el cual el interés principal del asunto debía exceder de cinco millones de bolívares (Bs. 5.000.000,00) para el anuncio del recurso de casación, evidenciándose de las actas procesales que la presente demanda fue estimada en una cantidad mayor a la establecida en dicho decreto, circunstancias éstas que motivan se declare ADMITIDO el recurso intentado. Así se establece.
Juez/Ponente:
Roraima Rita Bermudez Gonzalez
Organo:
Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito
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