PRIMERO: LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado inmediatamente posterior a la consignación del acta de defunción del ciudadano Adolfo Enrique Thode Freites, que riela al folio 111 de la primera pieza del expediente; SEGUNDO: LA NULIDAD de todas las actuaciones procesales subsiguientes a dicho acto, incluyendo la sentencia recurrida dictada en fecha 21 de junio de 2010, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, todo en el juicio por indemnización de daños materiales y morales intentado por el ciudadano Víctor Julio Gómez en contra de los ciudadanos Adolfo Thode Freites, Raúl Chirivella, y en el cual fue citada en garantía la sociedad de comercio Seguros Maracaibo C.A. No hay condenatoria en costas por la naturaleza del presente fallo.