PRIMERO: SE ACEPTA LA COMPETENCIA declinada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación interpuesto por la parte demandante ciudadanos GILDA GOMEZ DE TEIXEIRA, LUIZ ALBERTO TEIXEIRA GOMEZ, ELIO GERSON TEIXEIRA GOMEZ Y GILDA JOHAN TEIXERA GOMEZ; TERCERO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 16 de diciembre de 2011, por el Juzgado Cuarto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que declaró improcedentes las medidas preventivas de secuestro y embargo solicitadas por la parte actora.
Se condena en costas a la parte demandante, por haber resultado confirmada la sentencia recurrida, de conformidad con lo previsto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
Se ordena remitir el presente expediente al tribunal de origen en la oportunidad co.....