PRIMERO: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación interpuesto por la parte intimante, en contra de la decisión dictada en fecha 13 de octubre de 2006, emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo apelado que declara sin lugar la demanda de intimación de honorarios profesionales, conforme a los razonamientos contenidos en esta decisión.
No hay condenatoria en Costas dada la naturaleza del presente fallo.