Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: HA LUGAR la consulta de la sentencia dictada en fecha 25 de abril de 2016, por el Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia que declara sin lugar la solicitud formulada por la ciudadana BETTY DEL CARMEN ROMERO DE MEJÍA para que fuera declarada la interdicción del ciudadano RAMÓN ANTONIO MEJÍA BETANCOURT; TERCERO: SE REVOCA el decreto de interdicción provisional del ciudadano RAMÓN ANTONIO MEJÍA BETANCOURT dictado por el Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Liber.....