II
DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, ciudadanos MARÍA ELOINA GALÍNDEZ DE PÁEZ y FRANCISCO JOSÉ PÁEZ ALFONZO; SEGUNDO: SE MODIFICA la sentencia dictada el 20 de abril de 2022, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; TERCERO: SIN LUGAR la cuestión previa opuesta por el demandado, contenida en el ordinal 11º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, relativa a la prohibición de la ley de admitir la acción propuesta.
No hay condena en costas procesales por cuanto la sentencia recurrida no resultó confirmada, en atención al artícul.....