SIN LUGAR la Recusación propuesta por la ciudadana AURORA CELINA SALCEDO MEDINA en contra del ciudadano RAFAEL RICARDO GIMENEZ, JUEZ DEL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. Todo en el juicio seguido por la ASOCIACION DE GANADEROS DE CARABOBO, ASOCIACION CIVIL contra la Sociedad Mercantil AGENCIA RIO, C.A. por RESOLUCION DE CONTRATO.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, se impone al recusante una multa de BOLIVARES DOS MIL CON 00/100 CENTIMOS (Bs. 2.000,00), debiendo pagar la multa en el término de TRES (03) días de despacho siguientes a la fecha en la cual el Tribunal donde se intentó la recusación, libre el oficio correspondiente para su ingreso en la Tesorería Nacional, en el entendido de que ese Tribunal actuará como Agente de Retención.