Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación interpuesto por la abogada MIRTA NAVAS, en su carácter de defensora judicial del demandado, ciudadano ABEDEL SALAM ISSA; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 3 de agosto de 2017 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, la cual declaró CON LUGAR la demanda de divorcio intentada y en consecuencia, se declara disuelto el matrimonio que unía a los ciudadanos RIJAB ABU KNDEIR y ABEDEL SALAM ISSA, celebrado en el estado de Israel-Cortes Shaires en fecha 28 de agosto de 2007 e inserto en la Oficina de Registro Civil del municipio Montalbán del estado .....