PRIMERO: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación ejercido por la parte actora en contra de la sentencia interlocutoria dictada el 09 de mayo de 2006 emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en la ciudad de Puerto Cabello y, en consecuencia SE CONFIRMA la sentencia apelada en los términos contenidos en esta decisión.
Se condena en COSTAS a la parte demandante por haber resultado vencida en el presente fallo, conforme a lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.