Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, ciudadana ANA PRISCILA CUERVO DE DÁVILA; SEGUNDO: SE ANULA la decisión dictada el 13 de abril de 2015 por el Juzgado Décimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, la cual declara nulas todas las operaciones de venta celebradas entre CARLOS JULIO CUERVO PACHECO y ANA PRISCILA CUERVO DE DÁVILA, en virtud del convenimiento presentado por la demandada ANA PRISCILA CUERVO DE DÁVILA a través de su apoderado judicial FRANCISCO AGÜERO.TERCERO: INADMISIBLE la demanda de nulidad de documento interp.....