Conforme a lo expuesto este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara:
1. CON LUGAR la querella funcionarial interpuesta por la ciudadana IRAIKA DEL VALLE DA RIN, cédula de identidad V-7.032.828, representada por la abogada Maria De Castro Silva, cédula de identidad V-7.116.716, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado Nro.55.231, en consecuencia se declara la nulidad absoluta del acto administrativo contenido en la Resolución Nro. 040/2005, de fecha 14 de abril 2005, emanada de la FUNDACIÓN INSTITUTO CARABOBEÑO PARA LA SALUD (INSALUD).
2. En consecuencia SE ORDENA la reincorporación de la querellante a su cargo o a otro de igual o superior jerarquía así como los salarios dejados de percibir desde la fecha de su ilegal retiro hasta su reincorporación definitiva al cargo. A los fines del c.....