Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE, la querella interpuesta, por el abogado HERNAN RAFAEL PEREIRA CALDERA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 71.824, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana SADY JOSEFINA ROMÁN LÓPEZ titular de la cédula de identidad N° 9.449.227, contra el acto administrativo de fecha 19 de febrero de 2009 emanado de la GOBERNACIÓN DEL ESTADO CARABOBO, mediante la cual se resolvió revocar su nombramiento en el cargo de Agente adscrita al Departamento de Servicio Social de la Comandancia de Policía del Estado Carabobo.