Conforme a lo expuesto este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara:
1) INADMISIBLE la querella funcionarial por cobro de diferencia de prestaciones sociales y demás beneficios laborales interpuesta por el ciudadano ELIO VILLALOBOS RAMÍREZ, cédula de identidad V-3.693.574, asistido por el abogado César Alexis Galea Lamas, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado Nro. 76.302, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO CARABOBO.