Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, se declara:
INCOMPETENTE para conocer el presente Recurso de Nulidad, contra los actos administrativos contenidos en 1) La providencia administrativa N°. 00011-2005 del 19 de enero de 2006, 2) Auto del 17 febrero 2006, y 3) Auto del 22 de marzo de 2006, dictados en el Expediente N° 028-2005-06-00193 de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO "BATALLA DE VIGIRIMA" EN LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN, DIEGO IBARRA Y LOS GUAYOS DEL ESTADO CARABOBO, interpuesto por los abogados FRANCISCOVELÁSQUEZ y HÉCTOR PANTOJA PÉREZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 7.121.658 y V-13.187.920, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 54.892 y 80.222, actuando en su carácter de apoderados judiciales de ALIMENOS HEINZ, C.A.
En consecuencia, se DECLINA la competencia ante los J.....