el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara dando cumplimiento al Despacho de comisión Declara Secuestrado el inmueble donde se encuentra constituido el Tribunal, dejando expresa constancia que es "sin desposesión a quienes aquí se encuentran", tal cual como lo ordena el Tribunal comitente en el Despacho de comisión.