Se decreto medida de Embargo Preventivo sobre bienes muebles propiedad de la parte demandada, las partes celebraon convenimiento y el Tribunal a solicud de la parte actora dejo los bienes embargados bajo la guarda y custodia de la demandada. Asimismo la parte actora se reservo el derecho de seguir embargando bienes propiedad de la parte ejecutada.