Se constituyó el Tribunal a las puertas de un inmueble constituido por Un (1) Local Comercial ubicado en la calle Zamora N° 95-20, en Jurisdicción del Municipio Los Guayos del Estado Carabobo, cuyos linderos son: Norte: En 16 metros con casa y terreno que es o fue de Humberto LLaurado Baro; Sur: En 16 metros con calle Páez; Este: En 22 metros con terreno que es o fue de Daniel DA´Silva Gaspar hoy de Antonio Marín y Oeste: En 22 metros con calle Zamora, en donde funciona Lunchería Mary, donde venden refrescos, helados, tizana, chucherías varias, cajas de Polar Light, en compañía del Abogado TOMAS PÁEZ, inscrito en el Inpreabogado N° 40.480, en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana NINOSKA MINERVA PERDOMO SANTAMARIA. Se hizo presente la ciudadana MARYJOR TOVAR, a quien en su carácter de demandada se le notificó de la misión a realizar, una vez constituído el Tribunal dentro del inmueble. Se practicó medida de Secuestro sobre el inmueble. La demandada trasladó sus bienes bajo .....