El tribunal se abstuvo de materializar la medida de entrega material ordenada por cuanto el notificado asistido de abogado consigno una medida innominada por acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana Omaira Mendoza, asistida por la abogado Nelly Gil, por ante el juzgado primero de primera instancia en lo civil, mercantil y agrio de esta circunscripción judicial en la cual ordena la suspensión inmediata de la ejecución de la entrega del inmueble decretada en fecha 13 de mayo de 2005 por el Juzgado Sexto De Los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de esta Circunscripción Judicial, hasta tanto se decida la acción de amparo de fecha 20 de junio.