Se constituyó el Tribunal a las puertas de un inmueble constituido por un Local Comercial con el N° 2, ubicado en la avenida Bolívar, entre Calles Rivas y Monagas, Parroquia Guigüe; Municipio Carlos Arvelo del Estado Carabobo, en compañía de los Abogados JUAN VICENTE VADELL GRATEROL Y CARLOS GARRIDO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 2.501 y 78.418, respectivamente, actuando en su carácter de Apoderados Judiciales del ciudadano DIONISIO RODRIGUEZ ORTEGA, a los fines de practicar la Entrega Material decretada por el comitente. Se designó cerrajero. Se designó Depositaria Judicial, Perito Avaluador y Fotógrafo. Se hizo presente el abogado Carlos Rodriguez y el ciudadano LUIS ASCENCAO GOMEZ, se le notificó de la misión a realizar. Procedieron a trasladar sus bienes bajo su propia cuenta y riesgo y se suspendió la Entrega Material del inmueble para el día de mañana, por el riesgo en la zona y lo avanzado de la noche.