Se trasladó y constituyó el Tribunal en el sitio indicado por la parte actora. Se notificó de la misión a realizar a la Conserje del Edificio de la presencia del Tribunal en el edificio. Se designó cerrajero por cuanto no hubo quien respondiera al llamado del Tribunal. Se practico la Medida de Embargo Ejecutivo decretada por el Comitente. Se dejó bajo la guarda y custodia de la Depositaria Judicial designada. Se Declaro en deposito Judicial necesario un bien mueble que se encontró en el inmueble objeto de la actuación.