IV
DISPOSITIVA
En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Sexto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara SIN LUGAR la demanda incoada por la ciudadana NANCY RAMONA GUTIERREZ ROMERO, asistida por la Abogada JOHANNA RODRIGUEZ VIRGUEZ, debidamente inscrito en IPSA bajo el N° 127.031, en contra de la ciudadana TERESA GUERRA DE LUGO, Por: COBRO DE BOLÍVARES VÍA INTIMATORIA.- En consecuencia, se condena al pago de las costas procesales a la parte demandante de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Notifíquese a las partes, por cuanto el fallo fue dictado fuera del lapso, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del código de Procedimiento Civil.
PUBLIQUESE REGISTRESE Y DEJESE COPIA:
Dada, firmada y sellada en la sala de de.....