El Tribunal imparte su homologación de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles.- Asimismo devuélvase el original solicitado que corren insertos en las actas del presente expediente y déjese en su lugar copia debidamente certificada por secretaría; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
Abg. Mariajosé Blanchard Moreno,
LA SECRETARIA,
Abg. Egilda Rojas Sánchez,
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.- Se entregó original.- Se archivó el expediente.-
LA SECRETARIA
Abg. Egilda Rojas Sánchez,
ng.-