Asimismo es necesario acotar, que será competente para seguir conociendo del presente juicio el Juzgado del Municipio Carora de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en tal sentido se ordena remitir este expediente a dicho tribunal. En consecuencia téngase por ende nulo los autos de fecha 18 y 20 de enero del 2005. Y así se decide.- Désele salida en los libros correspondientes y remítase con oficio una vez que el solicitante de la regulación de competencia provea los fotostatos correspondientes.-
LA JUEZ PROVISORIO,
Abg. Yuleima Castillo Oviedo, LA SECRETARIA,
Abg. Egilda Rojas Sánchez,
En esta misma fecha se acordó lo ordenado.
LA SECRETARIA
Abg. Egilda Rojas Sánchez,
Fa.-