Por lo antes expuesto, es por que este Tribunal Tercero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, se declara INCOMPETENTE para seguir conociendo del presente juicio en razón del Territorio y en consecuencia acuerda remitir el presente expediente al Tribunal competente.
Con relación a la otra cuestión previa opuesta, contenida en el ordinal 3ro.del artículo 346 del referido Código, el Tribunal se abstiene de pronunciarse en virtud de la presente decisión.