Por todas las razones antes expuestas, es por lo que este Tribunal Tercero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrado Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Parcialmente con lugar la demanda por Resolución de Contrato de Arrendamiento intentada por el abogado MANUEL TOVAR ACOSTA, en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana PIEDADES BARROS DE GONCALVES, ambos identificados en autos.