Por lo antes expresado ocurrió la perención de esta instancia en la presente causa. En consecuencia este Tribunal Tercero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta la PERENCION DE LA INSTANCIA en la presente causa, de conformidad con los Artículos 267 ordinal 1° en concordancia con el Artículo 269 del Código de Procedimiento Civil, intentada por el abogado RAFAEL BELLERA SOLORZANO, apoderada judicial de los ciudadanos: NELSON ENRIQUE OBISPO MONZÓN, ELIA COROMOTO OBISPO MONZÓN Y FRANCISCO ANTONIO OBISPO MONZÓN, antes identificados contra el ciudadano MEDARDO OSPINO HIDALGO. por PRESCRIPCIÓN DE HIPOTECA.