Por todas las consideraciones antes expuestas, es por lo que este Tribunal Tercero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego
de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando de Sede Civil, declara CON LUGAR la demanda por DESALOJO intentada por ANGELA TERESA VIDARTE DE SEQUERA, representada por la abogado EMILIA GUILLEN GUEDEZ, como apoderada de la misma, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 41.759, ambas identificadas en autos, contra la ciudadana DEISY JOSEFINA BENÍTEZ, igualmente identificada.-
En consecuencia, se condena a la parte demandada identificada en autos:
PRIMERO: A la entrega del inmueble objeto de contrato de arrendamiento a la parte demandante.-
SEGUNDO: A pagar a la demandante la cantidad de TRES MILLONES SEISCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 3.600.000,00) por concepto de los cánones insolutos correspondientes al 21 de .....