Por lo antes expresado ocurrió la perención de esta instancia en la presente causa. En consecuencia este Tribunal Tercero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta la PERENCION DE LA INSTANCIA en la presente causa, de conformidad con los Artículos 267 ordinal 1° en concordancia con el Artículo 269 del Código de Procedimiento Civil, intentada por el abogado RAFAEL EDMUNDO COLMENARES ZAMBRANO, apoderado judicial del ciudadano: GERARDO ENRIQUE PINO CAMPOS, antes identificado contra la ciudadana AURA YULIMAR HERNANDEZ OLIVEROS. Por RESOLUCIÓN DE CONTRATO.