Juzgado Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, de los ciudadanos y ciudadanas que lo integran y por Autoridad que le confiere la Ley, declara: DESISTIDO el presente procedimiento que por DIVORCIO 185-A solicitaran de mutuo acuerdo los ciudadanos: MIGLEY ANGÉLICA MARTÍNEZ BRIZUELA y RUBÉN DARÍO BLANCO RÍOS, titulares de las Cédulas de Identidad N°s. V-15.652.018 y V-13.370.051 respectivamente y en el orden señalado. Y ASÍ QUEDA DECIDIDO.- En consecuencia, remítase el presente expediente al Archivo de este Tribunal, a los fines de su desincorporación en la oportunidad legal. Cúmplase con lo ordenado. Publíquese y regístrese.
LA JUEZA PROVISORIA,
ABG. ANNABELLA GARCÍA QUINTANA
LA SECRETARIA TITULAR,
ABG. MIRIAM PÉREZ ABACHE
En igual fecha se cumplió con lo ordenado en el fallo anterior. Se publicó y registró la anterior sentencia s.....