En relación a la estimación e intimación de honorarios profesionales tenemos que el abogado accionante FALKNER GUSTAVO TOYO, se limita a solicitar le sean pagados el treinta por ciento de los que resulte de la experticia complementaria al fallo, más lo que se sume por concepto de costas que a su entender constituye gastos de traslado, viáticos, honorarios de expertos, médicos, consultas, y esto ya fue explicado con anterioridad en cuanto a la inadmisibilidad de este tipo de concepto.
No obstante, lo incongruente del petitorio al solicitar un porcentaje sin determinación especifica alguna en cuanto al monto en bolívares, se debe indicar que no es posible a
través de una misma acción pretender el pago del 30% del valor de lo litigado por costas más el 30% por honorarios profesionales, ya que los honorarios profesionales se encuentran dentro de los costas, es decir, la suma de ambos nunca podría sobrepasar el 30% del valor de lo litigado, existe por consiguien.....