Por las razones de hecho y de derecho antes explanadas, este Juzgado Séptimo de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda intentada por la sociedad de comercio El Centro Inversiones C.A., a través de su apoderado judicial abogado JUAN VICENTE ARCINEGA ARNAO contra la ciudadana ANGELICA ISABEL REYES RAMIREZ y como consecuencia de ello resulto el contrato de arrendamiento suscrito entre la partes de fecha 01 de marzo del 2.008.
SEGUNDO: Se condena a la demandada a entregar el inmueble arrendado constituido por un apartamento situado en el Conjunto Residencial Naguados, Torre "C", piso 2, apartamento No. 2-1, Municipio Naguanagua, Estado Carabobo, totalmente desocupado y en el mismo buen estado en que se le arrendó.
TERCERA: Al pago de la cantidad de M.....