Por las razones de hecho y de derecho antes explanadas, este Juzgado Séptimo de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana CARMEN
AIDEE PAREDES ESTRADA, representada por las abogadas LUISA MARQUEZ UTRERA y ORLANDO PAREDES ESTRADA, por Resolución de Contrato de Arrendamiento, contra el ciudadano MARCO ANTONIO MENDOZA CESAR
SEGUNDO: Se condena al demandado a entregar el inmueble ubicado en la Avenida 5 de julio, No. 84-21, Barrio Los Taladros, Parroquia Santa Rosa, Valencia, Estado Carabobo.
TERCERO: A pagar a la actora, la cantidad de UN MILLÓN OCHENTA MIL BOLÍVARES (Bs.1.080.000,00), siendo su equivalente en Bolívares Fuertes UN MIL BOLIVARES (Bs. 1080,oo) por los siguientes conceptos; La suma de SETECIENT.....