En fuerza de las anteriores consideraciones este Tribunal en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY declara CON LUGAR la acción de Cumplimiento de contrato de arrendamiento incoada por la empresa ALFA-BETA INVERSIONES C.A., a través de su apoderada judicial abogada GLORIA PALMA NUÑEZ contra el ciudadano FRANCISCO RANDAZZO GENOVA, todos ya identificados en la presente decisión. Se condena al demandado en lo siguiente:
PRIMERO: A entregar a la parte actora el inmueble ubicado en la Avenida Urdaneta cruce con calle Páez de esta ciudad de Valencia, constituido por un Apartamento signado con el No. 02 del Edificio Urdaneta, totalmente desocupado y en las mismas condiciones en que lo recibió.
SEGUNDO: A entregar a la actora todas y cada una de las facturas pagadas y canceladas por los servicios público y privados prestados al inmueble.
TERCERO: A pagar la cantidad de QUINIENTOS VEINTE BOLIVARES (Bs. 520,00) por concepto de los meses impaga.....