En fuerza de las precedentes consideraciones, este Tribunal administrando justicia en nombre DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY declara CON LUGAR la oposición efectuada por el tercero ciudadana CARMEN ELISA SAAVEDRA, a la entrega material de bienes vendidos solicitada por la abogada EUDELIS LISET LORETO HERNANDEZ, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano JULIO CESAR RAMIREZ DIAZ todos ya identificados. En consecuencia se revoca la entrega material acordada por este Tribunal en fecha 12 de noviembre del 2.007 sobre un inmueble constituido por una casa-quinta de dos plantas, signada con el No. 90-80 y el lote de terreno donde se encuentra construida ubicado en el DC barrio Los Samanes Sur, calle Pichincha, Parroquia Rafael Urdaneta, Municipio Valencia del Estado Carabobo, debiendo las partes acudir a la vía jurisdiccional para resolver el conflicto planteado.