Por lo antes expresado ocurrió la perención de esta instancia en la presente causa y así se decide, en consecuencia este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara perimida la instancia en la demanda intentada por la Abogada ANTONIA REYES LIMONTA, en su carácter de Apoderada judicial de los ciudadanos FILOMENA DOS SANTOS ADRIAIO, CASIMIRO ADRIAO PIO, MARIA ISABEL FERREIRA B. MARIA DEL CIELO PIO, FAUSTO MANUEL PINTO, ANTONIO ADRIANO PIO, MARIA LUISA DA SILVA TORRAO PIO en contra de la ciudadana MARIA SALOME FERNANDEZ de conformidad con lo establecido en el Articulo 267 Ordinal 1° del Código de Procedimiento Civil. Publíquese y déjese copia certificada. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Séptimo de Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia a los Once (11) días del mes de Febrero del 2008. Años 19.....