Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta el 04 de abril del 2008, por el abogado JESUS ANTONIO GARCIA, en su carácter de apoderado judicial de los accionados, ciudadanos LIRIS GIOMAR GUZMAN DE GARCIA y JULIO FRANCISCO GARCIA ANDARA, contra el auto dictado el 27 de marzo del 2008, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Puerto Cabello. SEGUNDO: REVOCA el auto dictado el 27 de marzo de 2007, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Puerto Cabello, en consecuen.....