Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando como Tribunal Constitucional en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 10 de mayo de 2011, por el abogado MARIO RAMON MEJIAS, en su carácter de apoderado judicial de la parte presuntamente agraviada, ciudadano RICARDO RAFAEL LEDEZMA GUZMAN, contra la sentencia definitiva dictada el 09 de mayo de 2011, por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial.- SEGUNDO: INADMISIBLE la acción de Amparo interpuesta el 18 de marzo de 2.011, por el ciudadano RICARDO RAFAEL LEDEZMA GUZMAN, asistido por el abogado MARIO RAMON MEJIAS, contra el ciudadano JHONY JHONSON MIJARES PEREIRA.-
Queda así CONFIRMADA la sentencia definitiva dictada por el.....