siendo hoy el primer día de despacho siguiente para pronunciarse sobre los mismos, por lo que este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia ADMITE el anuncio del Recurso de Nulidad y Subsidiariamente el Recurso de Casación anunciado, y así se decide.
De conformidad con lo establecido en el precitado artículo 315 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el 205 ejusdem, se conceden dos (2) días de término de distancia, contados a partir de la presente fecha. Remítase el presente expediente a la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia.
Publíquese y déjese copia.