Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y Protección de Niñas, Niños y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de regulación de competencia realizada en fecha 07 de octubre de 2010, por la abogada LUCIANA BELLO SILVA, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano EDGAR JAVIER PINO VASQUEZ, contra la sentencia dictada en fecha 04 de octubre de 2010, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de esta Circunscripción Judicial; SEGUNDO: QUE EL PRECITADO JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, ES EL COMPETENTE PARA CONOCER de la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, incoada por el ciudadano EDGAR JAVIER PINO VASQUEZ, contra la sociedad mercantil ASEGUR.....