Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO.- CON LUGAR la apelación interpuesta el 13 de marzo del 2006, por la abogada MAYAHIM HERNANDEZ, en su carácter de apoderada judicial del demandante, ANDRES ARNALDO PAZ MARQUEZ, contra la sentencia interlocutoria dictada el 07 de marzo del 2006, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Agrario de esta Circunscripción Judicial, con sede en esta ciudad.-SEGUNDO.- SE REPONE LA CAUSA AL ESTADO EN QUE EL JUEZ "A-QUO" realice nuevamente al acto de nombramiento de los expertos, previa notificación de las partes.-
Queda así revocada la sentencia interlocutoria objeto de la presente apelación.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de fallo.....