En consecuencia, con fundamento en los artículos 601, in fine, y 599, ordinal 6º, del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, Transito y Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, DECRETA MEDIDA DE SECUESTRO sobre el inmueble (terreno y sus edificaciones) objeto del contrato de arrendamiento, distinguido con el Nº 96-11, ubicado en el cruce de la Calle 24 de junio con calle Constitución, jurisdicción de la Parroquia Candelaria de esta ciudad de Valencia, que mide nueve metros de frente por cuarenta y dos metros de fondo, cuyos linderos son: Norte: Casa que es o fue de la Sucesión Tarbes; Sur: Avenida 24 de Junio, por donde se encuentra marcada con el Nº 100-30; Este: Avenida Constitución; y Oeste: Casa que es o fue de la Sucesión Mayaudon.