Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando como Tribunal Constitucional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE el Recurso de Amparo interpuesto el 18 de octubre de 2.007, por el ciudadano JOSE ELEAZAR PERALES GONZALEZ, asistido por el abogado ROBERT RODRIGUEZ NORIEGA, contra la sentencia dictada el 06 de julio de 2006, por la Abog. RORAIMA BERMUDEZ, en su condición de Juez Titular del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Bancario de esta Circunscripción Judicial.
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