En razón de lo antes expuesto este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Transito, y Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción. Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO.- CON LUGAR la apelación interpuesta el 03 de junio del 2008, por la ciudadana IRIS GUERRERO, parte accionante, asistida por el abogado EDGAR VIRGUEZ, contra la sentencia interlocutoria dictada el 22 de mayo del 2008, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Bancario de esta Circunscripción Judicial, con sede en esta ciudad, que declaró inadmisible la acción interdictal restitutoria.- SEGUNDO.- LA NULIDAD de la sentencia interlocutoria de Inadmisión dictada el 22 de mayo de 2.008, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.- TERCERO.- SE ORDENA al Tribuna.....