En orden a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito, y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: EXTINTA la solicitud de inhabilitación realizada por la ciudadana ANTONIETA BRANGER GONZALEZ DE HANDS, en la persona de la ciudadana CLARA CECILIA GONZALEZ DELGADO, en virtud del fallecimiento de ésta, el cual ocurrió el día 17/09/2007, según consta de copia certificada de acta de defunción que corre al folio 175 del expediente.
NOTIFÍQUESE A LA PARTE ACTORA Y/O A SUS APODERADOS, de conformidad con lo establecido en el artículo 251, del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233, ejusdem.
Líbrese la boleta de notificación y entréguese al ciudadano Alguacil a los fines legales consiguientes.
PUBLÍQUESE, y REGÍSTRESE
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