Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta el 26 de febrero de 2007, por la abogada DELMA DE ARMAS SCACCIA, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil PROMOTORA LOS GUAYOS, C.A., contra la sentencia interlocutoria dictada el 21 de febrero de 2007, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en esta ciudad.- SEGUNDO: abierto a pruebas el presente juicio de ejecución de hipoteca, y la continuidad de su sustanciación por el procedimiento ordinario.
Queda así CONFIRMADA la sentencia interlocutoria objeto de la presente apelación
Se condena en costas a la parte apelante, de conformidad con .....