En razón de las consideraciones de hecho y de derecho que anteceden, actuando este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano MARCO ANTONIO REINA GOMEZ, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad N° V-7.122.335, contra la ciudadana YODELIS DE JESUS OLIVERO HENRIQUEZ, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.129.547 por DIVORCIO. SEGUNDO: Disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos MARCO ANTONIO REINA GOMEZ y YODELIS DE JESUS OLIVERO HENRIQUEZ desde el 28 de Agosto de 1990. Y ASI SE DECIDE.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza del presente fallo.